En el caso de una denegación de la solicitud de Asilo-Protección Internacional y que se haya interpuesto el recurso contra la resolución denegatoria en tiempo, se puede continuar trabajando, hasta que se produzca la desestimación definitiva de su solicitud de Asilo, se garantiza su derecho a trabajar, tras que la ejecución de la resolución denegatoria se encuentra suspendida durante el trámite del recurso.
De acuerdo con el contenido de la Directiva 2013/33/UE del Parlamento
Europeo y del Consejo, del 26 de junio de 2013, por la que se aprueban normas para la acogida de los solicitantes de protección internacional, articulo 15:
3. No se privará al solicitante del acceso al mercado de trabajo cuando se interponga un recurso, que tenga efectos suspensivos, contra una decisión negativa tomada en un procedimiento ordinario, hasta la notificación de su desestimación.
Tel 614154319 / 624281079
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